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Requisitos para otorgar una venia de viaje ante la Sección Consular

  1.   DNI o pasaporte del o de los padre/s autorizante/s;
  2. partida de nacimiento original del menor (con la Apostilla en caso de ser extranjera);
  3. DNI o pasaporte del menor;
  4. en caso de corresponder: DNI o pasaporte y domicilio de la persona que acompañará al menor en el viaje o que lo recibirá en el lugar de destino;
  5. en caso de corresponder: partida de defunción del padre ausente, o sentencia judicial donde conste la privación de la patria potestad; y
  6. pago del arancel consular de 50 EUR.

 

 

Fecha de actualización: 14/02/2012