Esta visa está prevista para extranjeros que deseen residir como jubilados o pensionistas en la Argentina y que reciban un ingreso mensual no inferior al equivalente de $ 2.000.- en concepto de pensión o remesas de jubilación generadas en el extranjero y para ser remitidas exclusivamente a su orden en la República Argentina. La visa puede tramitarse ante la Representación Consular que corresponda a su domicilio o ante la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) en forma personal (acreditando en este caso una residencia legal) o a través de un apoderado. La visa obtenida en una Representación Consular tiene una vigencia de un año, y puede ser prorrogada por la DNM.
Requisitos tramitar esta visa ante esta Sección Consular:
- solicitar turno al teléfono +49 (0)30 22 66 89 30 / 24;
- pasaporte válido y vigente;
- tres fotos 4 x 4;
- formulario completo de solicitud de visa ( descargar formulario);
- una nota (en castellano o en alemán con su traducción) explicando los motivos por los cuales desea residir en la Argentina, y las actividades que allí prevé realizar;
- documento público del acto por el cual se le concedió el beneficio de la jubilación o pensión (traducido al castellano y legalizado con la Apostilla) por un monto mínimo equivalente a 2.000 pesos argentinos;
- comprobantes legalizados del ingreso en concepto de jubilación o pensión en los últimos dos meses;
- partida de nacimiento internacional, en original y legalizada con la Apostilla;
- partida de matrimonio, en caso de corresponder, en original y legalizado con la Apostilla;
- sentencia de divorcio, en caso de corresponder, en original y legalizada con la Apostilla;
- certificado de carencia de antecedentes penales de su país de origen o de los países donde haya residido por más de seis meses durante los últimos cinco años, legalizado con la Apostilla;
- firma de declaración jurada de carencia de antecedentes internacionales policiales;
- entrevista con un funcionario consular; y
- pago del arancel consular de 200 EUR, más 300 EUR de la Tasa Retributiva de Servicios.
A fin de evitar inconvenientes y demoras, se solicita adelantar por correo, fax o e-mail, con la mayor antelación posible al momento de su concurrencia a la Sección Consular, copia de toda la documentación a presentar.
Como en todo otro trámite de solicitud de visas, documentación o información adicional puede ser requerida a los recurrentes.