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Jubilados y Pensionados

 

Esta visa está prevista para extranjeros que deseen residir como jubilados o pensionistas en la Argentina y que reciban un ingreso mensual no inferior al equivalente de $ 2.000.- en concepto de pensión o remesas de jubilación generadas en el extranjero y para ser remitidas exclusivamente a su orden en la República Argentina. La visa puede tramitarse ante la Representación Consular que corresponda a su domicilio o ante la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) en forma personal (acreditando en este caso una residencia legal) o a través de un apoderado. La visa obtenida en una Representación Consular  tiene una vigencia de un año, y puede ser prorrogada por la DNM.

Requisitos tramitar esta visa ante esta Sección Consular:

  1. solicitar turno a través del siguiente e-mail: consulado_ealem@mrecic.gov.ar
  2. pasaporte válido y vigente;
  3. tres fotos 4 x 4;
  4. formulario completo de solicitud de visa ( descargar formulario);
  5. una nota (en castellano o en alemán con su traducción) explicando los motivos por los cuales desea residir en la Argentina, y las actividades que allí prevé realizar;
  6. documento público del acto por el cual se le concedió el beneficio de la jubilación o pensión (traducido al castellano y legalizado con la Apostilla) por un monto mínimo equivalente a 2.000 pesos argentinos;
  7. comprobantes legalizados del ingreso en concepto de jubilación o pensión en los últimos dos meses;
  8. partida de nacimiento internacional, en original y legalizada con la Apostilla;
  9. partida de matrimonio, en caso de corresponder, en original y legalizado con la Apostilla;
  10. sentencia de divorcio, en caso de corresponder, en original y legalizada con la Apostilla;
  11. certificado de carencia de antecedentes penales de su país de origen o de los países donde haya residido por más de seis meses durante los últimos cinco años, legalizado con la Apostilla;
  12. firma de declaración jurada de carencia de antecedentes internacionales policiales;
  13. entrevista con un funcionario consular; y
  14. pago del arancel consular de 200 EUR, más 300 EUR de la Tasa Retributiva de Servicios.

Para iniciar el trámite de visa, deberá enviar un e-mail a la Representación Consular correspondiente a fin de concertar una cita. El otorgamiento de las citas es únicamente por e-mail en el cual previamente se debe adjuntar la documentación en formato PDF.

Como en todo otro trámite de solicitud de visas, documentación o información adicional puede ser requerida a los recurrentes.

 

 

Fecha de actualización: 29/07/2025