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VENIA DE VIAJE

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Esta Sección Consular NO diligencia trámites a personas residentes fuera de su jurisdicción (Ciudad de Berlín y Estados Federados de Brandeburgo, Sajonia, Sajonia-Anhalt y Turingia). Puede consultar por el Consulado correspondiente a su lugar de residencia haciendo clic AQUÍ.

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Normativa argentina

La venia de viaje consiste en la autorización expresa para el ingreso o egreso de menores a la Argentina, otorgada por quien o quienes ejercen la responsabilidad parental.

Una misma autorización puede ser tanto de ingreso como de egreso. La autorización podrá ser amplia y autorizar a la persona menor de edad a viajar a todos los países del mundo, hasta que alcance la mayoría de edad; o bien, podrá ser restringida y disponer especificaciones sobre su vigencia, el destino del viaje y/o los datos de la persona acompañante, cuando corresponda.

La autorización o venia de viaje es necesaria cuando:

• Se trate de personas menores de edad que no hubieren cumplido los 13 años, cualquiera sea su nacionalidad y categoría de ingreso, que ingresen a la Argentina y no viajen acompañados o no sean aguardados por quien o quienes ejerzan la responsabilidad parental o tercera persona autorizada a tal efecto.
• Se trate de personas menores de edad que no hayan alcanzado los 18 años que egresen de la Argentina y sean argentinas o extranjeras beneficiarias de una residencia permanente, temporaria o precaria en la Argentina, o que hubieren permanecido en el territorio nacional al menos un año a partir de su último ingreso.

La autorización para egresar del país no es necesaria cuando:

• Se trate de menores emancipados/as por matrimonio;
• Se trate de personas menores argentinas que tuvieren domicilio o residencia en el exterior. En este caso, dicha circunstancia deberá acreditarse mediante documento válido u otro instrumento público.
• Se trate de personas extranjeras residentes que hubieren alcanzado la mayoría de edad en su país de origen o residencia anterior.
• Se trate de personas extranjeras menores de edad cuya residencia sea transitoria.

PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR VENIA DE VIAJE EN SECCIÓN CONSULAR:

1.- Se requiere CITA PREVIA.

2.- El trámite es PRESENCIAL, por lo tanto, el progenitor / tutor autorizante deberá presentarse personalmente con la documentación en su poder, en original. La venia es válida desde el momento de su firma y puede ser utilizada el mismo día.

3.- Solicitar turno. Para ello, remitir un correo electrónico a consulado_ealem@mrecic.gov.ar adjuntando copia escaneada PDF de toda la documentación requerida, conforme se detalla debajo. Indique un número de teléfono de contacto.

Aclaración: incluya escaneo de ambos lados de DNIs actual y hoja de datos personales, en caso de pasaporte. Para otros documentos solicitados, procure no omitir al escanear páginas con información/reversos.

4.- En el cuerpo de su correo, incluir breve referencia al motivo para otorgar la venia, plazo requerido, entre otros.

5.- Una vez cotejada la documentación recibida, se responderá desde la misma dirección de correo electrónico asignando un turno presencial. Tendrá 48hs hábiles para responder, caso contrario su cita no quedará confirmada y se asignará a otra persona.

6.- El día de la cita, contra presentación de la documentación en original, se procederá con el trámite.

Requisitos

• DNI actualizado y pasaporte de ambos progenitores (en caso de que alguno de ellos fuese extranjero deberá presentar el documento de identidad y pasaporte de su nacionalidad)
• DNI actualizado y pasaporte del menor (en caso de que fuese extranjero deberá presentar documento de identidad y pasaporte de su nacionalidad)
• Partida de nacimiento del menor. En el caso de partida argentina, debe estar actualizada en formato digital con firma digital verificable. Si la partida de nacimiento no es argentina, la misma deberá llevar Apostilla de La Haya, y traducción profesional al español. Se sugiere solicitar la partida plurilingüe.
• Comprobante de domicilio (Anmeldung)
• En caso de que se autorice a la persona menor a viajar con o ser recibido o recibida por tercera persona, se deberá presentar el DNI o pasaporte de esa persona e información sobre el domicilio de esta última.
• Cuando progenitor hubiere fallecido o sido privado de la responsabilidad parental, se deberá presentar el original o fotocopia legalizada de la documentación que lo acredite (partida de defunción o sentencia). En el caso de instrumentos extranjeros, deberán llevar Apostilla de La Haya, y traducción profesional al español.

Costo del trámite: EUR 50.- por venia de viaje.

Medio de pago: tarjeta de débito (EC-Karte).

 

 

Fecha de actualización: 30/01/2026