Con la implementación del nuevo sistema de tramitación del pasaporte RENAPER señalado anteriormente, sólo se otorgará pasaporte de emergencia en los siguientes casos:
- Solicitudes de pasaporte por parte de no residentes en la jurisdicción de este Consulado
- Residentes que por razones de emergencia y/o fuerza mayor no puedan aguardar el arribo del Pasaporte Electrónico
- Menores que efectúen el trámite de Opción de Nacionalidad Argentina y que no cuenten con otro pasaporte (Apátridas).
En el caso de los residentes, se tramitará conjuntamente el pasaporte RENAPER y el pasaporte de emergencia. Al momento del arribo del pasaporte RENAPER, se procederá a anular el pasaporte de emergencia.
Los Pasaportes de Emergencia serán expedidos sólo por razones de emergencia y/o fuerza mayor cuando no sea posible esperar la llegada del Pasaporte Electrónico.
Este tipo de pasaporte tendrá una validez de un año; no caduca al ingreso en Argentina; y, no es prorrogable.