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Pasaportes de Emergencia

Con la implementación del nuevo sistema de tramitación del pasaporte RENAPER señalado anteriormente, sólo se otorgará pasaporte de emergencia en los siguientes casos:

  • Solicitudes de pasaporte por parte de no residentes en la jurisdicción de este Consulado
  • Residentes que por razones de emergencia y/o fuerza mayor no puedan aguardar el arribo del Pasaporte Electrónico
  • Menores que efectúen el trámite de Opción de Nacionalidad Argentina y que no cuenten con otro pasaporte (Apátridas).

En el caso de los residentes, se tramitará conjuntamente el pasaporte RENAPER y el pasaporte de emergencia. Al momento del arribo del pasaporte RENAPER, se procederá a anular el pasaporte de emergencia.

Los Pasaportes de Emergencia serán expedidos sólo por razones de emergencia y/o fuerza mayor cuando no sea posible esperar la llegada del Pasaporte Electrónico.

Este tipo de pasaporte tendrá una validez de un año; no caduca al ingreso en Argentina; y, no es prorrogable.

 

 

Fecha de actualización: 25/01/2014