Quienes se encuentren momentáneamente en el exterior a la fecha de las elecciones o tengan su domicilio declarado en la República, deberán justificar la no emisión de su voto para cada una de las elecciones en las que no voten -ya sean las elecciones provinciales, las PASO, o las elecciones generales-.
El plazo para realizarla es de 60 días contados desde la fecha de los comicios (en el caso de las paso -12/09- la fecha limite es el 12 de noviembre de 2021, en el caso de las elecciones generales -14/11- la fecha límite es el 14 de enero de 2022) y existen dos modalidades: online o presencial. En ambos casos, la persona interesada deberá presentar la documentación que acredite que el día del sufragio no se encontraba en el país.
MODALIDADES
1) En línea: se podrá ingresar al Registro de Infractores (https://infractores.padron.gob.ar) y adjuntar foto del pasaporte o documentación que acredite que en la fecha de las elecciones no se encontraba en la República Argentina.
2) De manera presencial en la Embajada: Podrá presentarse de manera espontánea en días laborables entre las 10:00 AM a 12:30 PM, o entre las 2:00 PM y 4:00 PM.
En caso que, por cuestiones de proximidad, desee efectuarla en los Consulados Generales de Frankfurt y Hamburgo o en el Consulado de Bonn, deberá contactarse previamente con ellos para conocer modo en que podrá efectuarla.
Al realizar la justificación en la Representación no será necesario que a su regreso al país efectúe ningún otro procedimiento adicional.
3) De manera presencial ante la Secretaría Electoral que corresponda a su domicilio en Argentina: una vez que regrese al país, y siempre que sea dentro de los 60 días desde que tuvo lugar la elección.
La Embajada NO emite justificaciones de no voto para las elecciones provinciales. Sin embargo, se podrá solicitar una constancia que certifique que el día de las elecciones Usted se encontraba fuera del país. Esta constancia se presentará ante el órgano pertinente, dependiendo de la provincia en la que resida en la República.
La certificación consular se emitirá con posterioridad a la fecha de la elección, y a tal fin se deberá adjuntar documentación (pasaporte con sellos migratorios, constancias de pasajes, u otros) que permita demostrar que estaba fuera del país.