A partir del día lunes 12 de noviembre de 2012, se modificó la edad requerida para la realización del trámite de actualización de mayor, debiéndose realizar a partir de cumplir el ciudadano los 14 años de edad, ocasión en la cual se emitirá un nuevo DNI tarjeta.
- Como medida extraordinaria y por el término de 1 año hasta el 12/11/13 no se cobrará multa.
- Pasado ese período la actualización deberá efectuarse desde los 14 años hasta el día en que cumple 15 años, pasado los 15 es infractor.
- El menor puede concurrir solo, sin necesidad de estar acompañado por ninguno de sus progenitores.
DOCUMENTACION NECESARIA:
- Se presenta la misma documentación que se solicitaba para 16 años.
- Para infractores mayores de 18 años es necesario además del acta de nacimiento el DNI de uno o ambos padres.
- De no ser posible esto último habrá que realizar una información sumaria ante Juzgado de Paz, avalada por 2 testigos que manifiesten conocer al ciudadano.
REQUISITOS:
- Partida de Nacimiento original y 1 fotocopia.
- Dos (2) Fotografias, tomadas de frente, medio busto, con la cabeza descubierta, con fondo blanco, 4 x 4cm., sin anteojos.
- Este trámite es estrictamente personal, ya que se colocarán las huellas dactilares del interesado, en los formularios del RNP.