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Apertura de cuentas bancarias en el Banco Provincia

Cuentas bancarias en el Banco Provincia para ciudadanos argentinos residentes en el exterior

Apertura de cuentas bancarias en el Banco Provincia, por parte de los ciudadanos argentinos residentes en el exterior. El interesado, desde el exterior, podrá solicitar la apertura de la cuenta a través del Consulado Argentino correspondiente, bajo las siguientes pautas:

I.- Componentes del ofrecimiento:

* Caja de Ahorro en pesos, a nombre del argentino residente en el exterior y uno o más familiares en Argentina, debiendo ser éstos últimos el cónyuge, familiar en línea ascendente o descendiente hasta segundo grado y/o colateral hasta primer grado.
* Tarjeta Visa Débito sólo para el/los familiar/es en Argentina.
* El/los familiar/es en Argentina será/n cotitular/es de la cuenta bancaria.

II.- La radicación de la cuenta se realizará en la Sucursal correspondiente al domicilio del familiar en la Argentina.

III.- Objetivo: Cabe recordar que, la apertura de dicha cuenta tendrá como objetivo principal la recepción de transferencias de fondos realizadas por el argentino residente en el exterior, bajo el concepto de Ayuda Familiar .

IV.- Requisitos

1.- El Residente argentino en el exterior deberá presentar:
* Solicitud de apertura de Caja de Ahorro - Provincia Ahorro 25. Debe encontrarse con la intervención del consulado en los lugares habilitados para tal fin y con la totalidad de sus campos completos.
* Copia del Documento Nacional de Identidad donde conste el domicilio actualizado en el ámbito de circunscripción de la oficina consular interviniente.
* Documentación que sirva de respaldo para comprobar la actividad denunciada por el ciudadano argentino.
* Documentación que acredite el vínculo que lo une a su familiar en Argentina (requisito no excluyente).
* Constancia de CUIT / CUIL (requisito no excluyente). La documentación mencionada debe estar intervenida por el Consulado pertinente.

2.- El familiar en Argentina deberá presentar:
* Deberá cumplimentar los requisitos dispuestos para Provincia Ahorro.
* Documentación que acredite el vínculo que lo une a su familiar en el exterior, de no haber sido provista por éste último.

V.- Procedimiento.

El interesado cumplimentará ante el Consulado Argentino con circunscripción en su lugar de residencia, el formulario único BP Nº 1197 Solicitud de Apertura de Caja de Ahorro Provincia Ahorro 25 y los requisitos dispuestos para tal fin.

Tanto el citado formulario como el BP Nº 511 - Normas que Rigen para los Depósitos en Cuentas de Ahorro y el BP 518 - Cuadro Tarifario - Provincia Ahorro 25 se encuentran disponibles en la página web del Banco (www.bancoprovincia.com.ar - título Provincia 25).

El Consulado actúa como certificante de la identidad del argentino residente en el exterior y de la documentación recibida, entregando al solicitante la misma intervenida, para que el interesado la remita a través de correo privado a su familiar en la Argentina.

El familiar en Argentina entregará dicha documentación en la Filial, dependencia del Banco.

VI.- Cabe resaltar que, la participación de los Cónsules no implica ni la aprobación ni la apertura en sí de la cuenta, sino que su rol es meramente de atención del requerimiento, con las certificaciones propias de la identidad de la persona, de su domicilio y de registro de firmas.

No obstante el procedimiento descripto, el argentino residente en el exterior podrá realizar la apertura de la cuenta en las sucursales del Banco, aprovechando alguno de sus viajes a la Argentina.

VII.- El formulario con la solicitud de apertura de cuentas puede obtenerse en:

la página web del banco www.bancoprovincia.com.ar, apartado Provincia 25. Desde esa página deberá visualizarse la siguiente pregunta:

"...¿Cómo solicitar la Cuenta Provincia Ahorro 25 desde el exterior?

Descargue desde AQUI la solicitud de apertura de la cuenta y preséntela -junto con la documentación personal- en el Consulado Argentino con circunscripción en su lugar de residencia..."

Y finalmente hacer un click en la palabra AQUI.

Observaciones: El recurrente deberá adjuntar documentación que sirva de respaldo para comprobar la actividad denunciada, la que quedará, como el resto de la tramitación supeditada a la aprobación de la entidad bancaria.

En lo que respecta a los requisitos de la presentación del CUIL/CUIT o bien documentación que acredite el vínculo con el familiar en la República, los mismos no son obligatorios, pudiéndolos presentar el familiar directamente ante la sucursal bancaria en el país.

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Fecha de actualización: 06/08/2012