Este trámite no debe confundirse con los denominados pasaporte al instante y pasaporte exprés, servicios que únicamente se prestan en la Argentina.
Por el contrario, el pasaporte de emergencia es un documento consular y está limitado a casos en los que la persona solicitante (residente en la jurisdicción de esta Sección Consular o turista) requiera un documento válido de viaje y no pueda esperar la llegada de su pasaporte ordinario por CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES POR RAZONES DE EMERGENCIA, CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
Será la autoridad consular la que determine la procedencia o no de las razones invocadas por la persona solicitante. Se recuerda que es responsabilidad de cada persona tener su documentación al día.
El pasaporte de emergencia tiene una validez máxima de un año y sirve para viajar a cualquier parte del mundo. No obstante, existen restricciones o limitaciones en lo que respecta al uso de los pasaportes de emergencia. Un gran número de Estados requieren visa para poder usarlos, ya que los Acuerdos de Exención de Visado suelen alcanzar únicamente a Pasaportes Ordinarios y excluyen a pasaportes consulares. Además, algunos países no aceptan estampar visas de residencia en el Pasaporte de Emergencia.
Por dicha razón, se recomienda que consulte a las autoridades de destino sobre la utilidad del documento, antes de tramitarlo.
Se informa asimismo que los Pasaportes de Emergencia deberán tener una fecha de vencimiento no menor a 6 (seis) meses al momento de ingresar al territorio de un país, de conformidad con las recomendaciones de la OACI.
Suele expedirse en el día o lapso de 24 horas, aunque puede demorar más, dependiendo del tiempo que demande la autorización por parte del Registro Nacional de las Personas. (RENAPER).
Quienes viajen a la Argentina, deben solicitar un pasaporte provisorio.
El trámite es PERSONAL y PRESENCIAL.
Cómo tramitarlo:
La solicitud de pasaporte de emergencia se formula exclusivamente por correo electrónico, escribiendo a consulado_ealem@mrecic.gov.ar, y debe cumplir los siguientes requisitos:
- El asunto del correo debe indicar "Solicitud de pasaporte de emergencia - APELLIDO";
- En el cuerpo del correo, el solicitante debe informar su apellido y nombre completo, fecha de nacimiento, número de DNI, lugar de residencia habitual y lugar donde se encuentra al momento de la solicitud, así como el detalle de las razones por las que solicita el pasaporte de emergencia.
- Las razones de la emergencia deben acreditarse mediante documentación y/o cualquier otra constancia (certificado médico, nota del empleador o de un abogado, etc.) que las acredite. Dichas constancias deberán adjuntarse al correo. Cuando la emergencia esté relacionada con un viaje, presentar el pasaje (con su fecha de emisión). Tenga en cuenta que el hecho de tener pasajes emitidos no es de por sí prueba de una emergencia.
- Además, deberá adjuntar copia escaneada PDF de toda la documentación requerida, conforme se detalla debajo. Indique un número de teléfono de contacto.
Aclaración: incluya escaneo de ambos lados de su DNI actual y de la hoja de datos personales de su pasaporte actual. Si su DNI y/o pasaporte fue robado o extraviado, Si su DNI y/o pasaporte fue robado o extraviado, remita copia de la denuncia policial. Si cuenta con imágenes de esa documentación, envíela por favor también. Para otros documentos solicitados, procure no omitir al escanear páginas con información/reversos.
Requisitos para mayores de 18 años:
- DNI actual (físico o DNI en tu celular - APP MI ARGENTINA).
- Pasaporte actual.
- En caso de robo o extravío, presentar copia del DNI y/o Pasaporte y denuncia policial en la que se indique tipo y número de la documentación robada o extraviada.
- De no poder presentar original o copia del DNI y Pasaporte, deberá presentar partida de nacimiento original en formato digital con firma verificable, actualizada, emitida en los últimos seis (6) meses (Consulte el apartado de nuestra página web PARTIDAS DE REGISTROS CIVILES ARGENTINOS).
- Si Ud. vive en Alemania, el domicilio es DECLARATIVO y siempre debe ubicarse dentro de la jurisdicción de esta Sección Consular. Se recomienda presentar Anmeldung a los fines de evitar errores/omisiones al momento de consignar los datos del domicilio.
Requisitos para menores de 18 años:
- DNI actual del menor.
- Pasaporte actual del menor.
- En caso de robo o extravío, presentar copia del DNI y/o Pasaporte y denuncia policial en la que se indique tipo y número de la documentación robada o extraviada.
- Si el menor vive en Alemania, el domicilio es DECLARATIVO y siempre debe ubicarse dentro de la jurisdicción de esta Sección Consular. Se recomienda presentar Anmeldung a los fines de evitar errores/omisiones al momento de consignar los datos del domicilio.
- Partida de Nacimiento original del menor en formato digital con firma verificable, actualizada, emitida en los últimos seis (6) meses. La partida digital la debe solicitar el interesado al Registro Civil que corresponda (Consulte el apartado de nuestra página web PARTIDAS DE REGISTROS CIVILES ARGENTINOS).
- DNI válido y vigente de ambos progenitores (los cuales deben coincidir con los que figuran en la partida de nacimiento del menor). En caso de que algún progenitor sea extranjero, deberá presentar pasaporte vigente y el documento de identidad que coincida con el que figura en la partida de nacimiento del menor.
- En caso de progenitores argentinos, es requisito que el DNI tenga asentado en el reverso domicilio actualizado en jurisdicción de esta Sección Consular, caso contrario deberán primero solicitar una cita para nuevo ejemplar de DNI por cambio de domicilio, previo a la cita para la tramitación de la documentación del menor.
- El día del trámite, el menor deberá concurrir acompañado de AMBOS progenitores.
- De no presentarse ambos progenitores, se deberá acompañar autorización específica -con las formalidades de legalización/apostilla y/o traducción pública al español del caso- del progenitor ausente en la que se faculte EXPRESAMENTE a tramitar DNI y posterior retiro. Si uno de los progenitores hubiera fallecido, se deberá presentar la correspondiente partida de defunción (con las formalidades de legalización/apostilla y/o traducción pública al español del caso). El documento a presentar no puede tener más de seis (6) meses de expedición.
- Si el menor tuviera un representante legal, éste deberá presentarse con su documento de identidad vigente y el documento correspondiente en el que conste tal carácter -con las formalidades de legalización/apostilla y/o traducción pública al español del caso-. El documento a presentar no puede tener más de seis (6) meses de expedición.
Las solicitudes que no cumplan con estos requisitos no serán contestadas. El solicitante debe tener presente que la emisión de un pasaporte de emergencia se encuentra, además, sujeta al cumplimiento de los requisitos necesarios para la tramitación del pasaporte ordinario, siempre que sean aplicables.
Se recuerda que es la autoridad consular la única habilitada para autorizar la tramitación de un pasaporte de emergencia. No debe confundirse esta autorización con la que el RENAPER puede o no otorgar para la emisión del documento.
Cuando la autoridad consular autorice el trámite, y sólo si lo autoriza, se informará a la persona solicitante el día y la hora en la que deberá presentarse en esta Sección Consular con la documentación en original.
