Trámite a través del cual un funcionario consular da fe de que la firma colocada en un documento pertenece a la persona que ha firmado ante él. No implica dar fe de la autenticidad ni de la validez del contenido del documento. Tampoco permite suple ni constituye un poder.
El trámite es presencial, puesto que la persona interesada debe firmar el documento en presencia del funcionario consular certificante.
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Esta Sección Consular NO diligencia trámites a personas residentes fuera de su jurisdicción. Puede consultar por el Consulado correspondiente a su lugar de residencia haciendo clic AQUÍ.
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Cómo tramitarlo:
1.- Se requiere CITA PREVIA. Remitir un correo electrónico a consulado_ealem@mrecic.gov.ar solicitando turno y adjuntando copia escaneada PDF de su DNI/Pasaporte y del documento en cuestión.
Aclaración: incluya escaneo de ambos lados de su DNI actual y de la hoja de datos personales de su pasaporte actual. Para el documento sobre el que quiere copia autenticada, procure no omitir al escanear páginas con información/reversos.
2.- Una vez cotejada la documentación recibida, se responderá desde la misma dirección de correo electrónico asignando un turno presencial. Tendrá 48hs hábiles para responder, caso contrario su cita no quedará confirmada y se asignará a otra persona.
3.- El día de la cita, contra presentación de la documentación en original, se procederá con el trámite. El firmante debe presentarse con documentación argentina vigente (DNI o pasaporte) y con el documento a firmar original y sin firmar.
Debe traer los documentos correspondientes IMPRESOS, COMPLETOS y SIN FIRMAR. Esta Sección Consular no provee ni completa la documentación
El trámite es PERSONAL y no se atenderá a personas sin turno.
Costo del trámite: EUR 60.- por firma. Es gratuito cuando se trate de trámites previsionales.
Medio de pago: tarjeta de débito (EC-Karte).
INFORMACIÓN ADICIONAL
• Si la intención del interesado es la de presentar la documentación ante alguna oficina de la administración alemana, sugerimos verificar previamente que la intervención consular será considerada como válida por parte de dicha oficina.
• Poderes: en caso de necesitar formalizar un PODER NOTARIAL, dicho trámite no puede adoptar la forma de "certificación de firmas".
• Firmas en Formularios 08 de la DNRPA (para transferencia de vehículos): los interesados deberán presentarse el día y hora de su cita con el original del Formulario 08 (que deberán obtener previamente en la Argentina, en algún Registro de la Propiedad del Automotor). Los funcionarios consulares tienen competencia para autenticar las firmas puestas en su presencia, SIN entrar a juzgar el contenido del documento, sugiriendo que el Formulario 08 se encuentre completo en el bloque "F" (Vehículo que se transfiere) y el bloque "I" (Vendedor o Transmitente), sin enmiendas ni tachaduras. No se intervendrán Formularios 08 en los que se omitan datos en dichos bloques o que presenten enmiendas y/o tachaduras.
