La Resolución 3020/2014 del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) determina el canje obligatorio de todos los documentos de identidad de confección manual por el nuevo DNI digital (formato tarjeta). Están exceptuadas las personas mayores de setenta y cinco (75) años que tengan el DNI en condiciones y los incapaces declarados judicialmente (en tanto sus datos estén actualizados).
Desde el 1º de abril de 2017, el único DNI argentino válido es el DNI digital. Los documentos de confección manual han perdido validez pero sirven de base para realizar el canje.
Este trámite NO es combinable con la emisión de Pasaporte. Se debe aguardar la entrega del ejemplar de DNI para proceder a la toma de trámite de Pasaporte.
Las oficinas consulares NO tramitan renovación de DNI argentinos para extranjeros. El trámite se realiza exclusivamente en la República Argentina.
Cómo tramitarlo:
- Para tramitar el DNI debe residir en la jurisdicción de esta Sección Consular (Ciudad de Berlín y Estados Federados de Brandeburgo, Sajonia, Sajonia-Anhalt y Turingia)
- El trámite es PERSONAL y PRESENCIAL con CITA PREVIA. Podrá sacar turno AQUÍ (consulado_ealem@mrecic.gov.ar).
Requisitos
- Libreta Verde, Libreta de Enrolamiento (LE) o Libreta Cívica (LC) si lo tuvieren. De no contar con original, es recomendable que presente copia.
- El domicilio es DECLARATIVO y siempre debe ubicarse dentro de la jurisdicción de esta Sección Consular. Se recomienda presentar Anmeldung actual a los fines de evitar errores/omisiones al momento de consignar los datos del domicilio.
- Partida de Nacimiento original en formato digital con firma verificable, actualizada, emitida en los últimos seis (6) meses. La partida digital la debe solicitar el interesado al Registro Civil que corresponda (Consulte el apartado de nuestra página web PARTIDAS DE REGISTROS CIVILES ARGENTINOS).
No será posible realizar el trámite cuando no se observe el cumplimiento de estos requisitos.
Costo del trámite: EUR 15.-
Plazo de entrega: (aprox.) 90 días.
Medio de pago: únicamente con tarjeta, siempre al momento de realizar el trámite.
La documentación emitida (DNI y Pasaporte) tiene un plazo de guarda máximo e improrrogable de un (1) año desde el momento de recepción en esta Sección Consular. Cumplido ese término, los ejemplares serán inutilizados y enviados a destrucción al Registro Nacional de las Personas (Decreto PEN Nº 1144/04).
